domingo, 18 de noviembre de 2012

FIDEICOMISO INTERNO ¿OTRO INVENTO O QUE?


El Interventor del Santo piensa que esta es una buena manera de cancelar muchas deudas en el Club. Se estableció un fideicomiso respecto de todas las recaudaciones que tenga Juventud, por un plazo de tres meses. Los fideicomisarios son parte de su comitiva dirigencial
Juventud Antoniana está atravesando por un proceso de intervención, y en los últimos días incorporaron a esta regeneración, la figura del fideicomiso. La idea es intentar cumplir con los compromisos financieros que tiene el Club, sin desbaratar toda su economía.


En Dialogo radial, el doctor Pablo Sinkim habló y aclaró: " Estamos comenzando y trabajando en un fondo fiduciario para administrar el club, saldando las deudas. Esto quiere decir que,  después de la intervención, tuvimos la propuesta de formar un órgano Fiduciario para administrar el club. Lo que es importante es decirle a  los socios y al hincha que no se venderán ningún patrimonio y que estamos trabajando para sanear el club".

Un Fondo Fiduciario es el destinatario formal de un monto de recursos materiales e inmateriales, para su administración. En teoría se trata de la persona física o jurídica que cumple el rol de propietario cuando se establece un contrato de fideicomiso. Este último es una figura jurídica por la cual, una persona transmite a otra, la propiedad de una cosa, para que ésta la administre en beneficio de un tercero. Cumplido un plazo o una condición determinada, la transmita a un cuarto, denominado “fideicomisario” (que puede a su vez ser el mismo fiduciante y/o el beneficiario).

En este caso particular, el fiduciante es Freddy Mocchi como interventor de Juventud, el fiduciario es el resto de la comitiva dirigencial que lo acompaña, bajo la figura de Comisión "San Antonio de Padua", como decidieron llamar a este Órgano Fiduciario interno, y el beneficiario es el Club. 

Para entender un poco mejor lo que sucedió internamente en el Club, necesitamos reconocer el rol que cumple cada una de las partes dentro de lo que se espera sea el chaleco salvavidas del Santo en todo este frenesí de deudas que lo acechan. En esta figura contractual participan cuatro personas, contrariamente al común denominador contractual, en el que intervienen por lo general, dos.

1)   Constituyente o Fiduciante : es la persona que, siendo el propietario original, CONSTITUYE el Fideicomiso, transfiriendo su propiedad o dominio que, de ser PLENO a su respecto, se convierte en DOMINIO FIDUCIARIO cuando lo transmite. En este caso, las atribuciones de Mocchi como interventor le permiten hacer esa transferencia. Recordemos que el poder que tiene Freddy como interventor es superior al de una Asamblea Extraordinaria inclusive.

2)   Propietario Fiduciario : es la persona a quien el fiduciante le transmite el dominio de la cosa, esta transmisión NO ES como la transmisión común de la propiedad, ya que el propietario fiduciario NO ES UN PROPIETARIO COMÚN, sino en realidad es un ADMINISTRADOR, a la que él no le saca ningún provecho. Esa administración no la realiza en su beneficio, sino en beneficio de la tercera persona del instituto, es decir el beneficiario.

3)   Beneficiario : como su nombre lo indica, no detenta la propiedad de la cosa, pero es quien se beneficia con la renta que surge de la explotación de la cosa, deducidos los gastos. Como, mientras dura el fideicomiso, es quien se beneficia con la administración, tiene plenas facultades para exigir rendiciones de cuentas y todo aquello que le permita asegurarse que el fiduciario está cumpliendo con una correcta administración. Este beneficiario podría ser un tercero, o el constituyente o el fideicomisario. Juventud tiene pactado recibir un informe de estado de situación cada 90 días.

4)   Fideicomisario:   es la persona a quien, pasado un tiempo, o cumplida una condición, se le volverá a transmitir el dominio de la cosa por parte del  fiduciario. En estos dos últimos casos, tanto el beneficiario como el fideicomisario serían Juventud Antoniana, a quien se le devolvería el manejo de las recaudaciones recién en el plazo de 180 días, en el que el Club espera poder saldar las deudas que tiene, o bien, la mayoría de ellas. 

Un dato importante de esta situación por la que atraviesa Juventud es que, a diferencia de Gimnasia y Tiro, la medida es una decisión dirigencial y no judicial. No se trata de una imposición de la justicia sino de una idea de los responsables del Club Antoniano para mejorar la economía de Juventud. En tres meses sabremos si dio resultado.(Redacción )...

QUIEN CONTROLARA AL INTERVENTOR 



LOS SOCIOS DEL CENTRO JUVENTUD ANTONIANA DEBERÁN REUNIRSE EN LOS PROXIMOS DIAS; PORQUE NO SE PUEDE HABLAR DE DECISIÓN DIRIGENCIAL; CUANDO FUE LA PROPIA DIRECTIVA LA QUE RENUNCIO. EN OTRO ORDEN ACLARAMOS QUE LOS SOCIOS NUNCA LE OTORGARON PODER A MOCCI QUE RETORNO AL CLUB POR ORDEN GUBERNAMENTAL. MOCCI ES EMPLEADO DEL GOBIERNO; NO DE JUVENTUD ANTONIANA. POR LO TANTO Y DE ACUERDO A LOS ESTATUTOS NO PUEDE NUNCA TENER MAYORES FACULTADES A LA UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA.
EN CONSECUENCIA; SI ALGUN ALLEGADO AL GOBIERNO, INTENTA VENDERLE BUZONES A LOS SOCIOS E HINCHAS, PUEDE LLEVARSE VARIAS SORPRESAS... 




No hay comentarios: